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Distrito lanza Sello Seguro para bares con altas condiciones de calidad y servicio

Por: webmasterlocal
Publicado el: Julio 2018
Imagen de campaña

A través de Sello Seguro, la administración del alcalde Enrique Peñalosa hace un reconocimiento a los establecimientos de comercio dedicados a la venta y el consumo de bebidas alcohólicas que cumplan las normas y parámetros legales que contribuyan a la calidad de sus servicios.

A través del Decreto 372 del 2018 se creó el Sello Seguro con el fin de establecer el procedimiento y los requisitos que los establecimientos de comercio, señalados previamente, deben cumplir de manera voluntaria para optar por este reconocimiento, fomentando, de esta forma, la libertad de industria y comercio, y a su vez mejorando los estándares de seguridad de este sector comercial.

"Lo que buscamos es certificar a los bares de Bogotá, que le garanticen a sus clientes total seguridad y que además contribuyan al bienestar de sus sectores", afirmó el secretario de Gobierno, Miguel Uribe Turbay.

Los beneficios que recibirán los acreditados son la extensión de dos (2) horas adicionales para funcionar los días miércoles, jueves, viernes, sábado y el día anterior al día festivo (de 3:00 a.m a 5:00 a.m.) y, que el Instituto Distrital de Turismo o quien haga sus veces, pueda vincularlo en sus publicaciones como un establecimiento de comercio abierto al público que cumple altos estándares de seguridad en la prestación de servicios.

Quienes incumplan las condiciones del Sello Seguro tendrán una sanción. "En caso de que no se cumplan los requisitos una vez entregada la certificación será suspendida inmediatamente la posibilidad de extender el horario durante seis meses", agregó el secretario.

Para que estos establecimientos sean acreditados con el Sello Seguro, la Secretaría Distrital de Gobierno verificará el cumplimiento de algunos requisitos que deben anexarse en la radicación en línea a través de la página web www.gobiernobogota.gov.co, dentro de los que se destacan: protección contra incendios;  concepto de uso del suelo o licencia de construcción; póliza de responsabilidad civil contractual; certificado de insonorización; convenio con un parqueadero para los usuarios que deseen estacionar su vehículo hasta el día siguiente; convenio con una empresa de transporte para facilitar taxi seguro o conductor elegido, instalación de cámaras de video vigilancia; certificación de personal capacitado en primeros auxilios y personal de logística para reforzar la seguridad, entre otros.

Una vez surtido este paso, se procederá a expedir la certificación con vigencia de un (1) año.

Es importante recordar que el cumplimiento de estos requisitos en ningún caso exime a los establecimientos de comercio de cumplir con lo señalado en el artículo 87 de la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia, y demás normas concordantes o normas que las modifiquen o sustituyan.

De igual forma, cuando se constate o informe que el establecimiento de comercio abierto al público haya incumplido alguno de los requisitos, cambie de domicilio o contraríe la Ley 1801 de 2016, se suspenderán los beneficios.