ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBON Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Usted está aquí

Conoce la Resolución 042 por la cual se aplaza la conmemoración del día local de la memoria y solidaridad de las víctimas del conflicto armado en la localidad de Fontibón

Por: webmasterlocal
Publicado el: Abril 2020
R E S O L U C I Ó N No. 042 8 DE ABRIL DE 2020

 

“Por la cual se aplaza la conmemoración del día local de la memoria y solidaridad de las víctimas del conflicto armado en la localidad de Fontibón”.
 
I. VISTOS
 
Procede el despacho de esta Alcaldía Local, a pronunciarse sobre el aplazamiento de la conmemoración del día local de la memoria y solidaridad de las víctimas del conflicto armado en la Localidad de Fontibón.

II. COMPETENCIA

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere Estatuto Orgánico de Bogotá, Decreto Ley 1421 de 1993, y demás normas concordantes; así como el Acuerdo Local 22 del 18 de abril de 2018 y

III. CONSIDERANDO
 

Que el artículo 2 de la Constitución Política, establece que son fines esenciales del estado “servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución…”
 
Que el decreto Ley 1421 de 1993, a numeral primero del artículo 86, establece las atribuciones de los Alcaldes Locales la de cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, las demás normas nacionales aplicables, los acuerdos distritales y locales y las decisiones de las autoridades distritales.

Que mediante el Acuerdo Local número 22 del 18 de abril de 2018, la Junta Administradora Local de Fontibón determinó que el día 9 de abril de cada año se adoptaba en la Localidad de Fontibón la Conmemoración del Día Nacional de la Memoria y Solidaridad con las Víctimas del Conflicto Armado.

Que en el citado Acuerdo Local se determinó la realización de planes, programas, actividades, tertulias, foros temáticos, encuentros culturales y demás actividades que faciliten la interacción de la población víctima del conflicto armado con el resto de la población de la localidad.

Que las acciones y actividades de las cuales se refiere el citado Acuerdo Local deben involucrar las organizaciones de victimas teniendo en cuenta 13 hechos victimizantes tales como: acto terrorista, amenaza, desaparición forzada, desplazamiento forzado, secuestro, homicidio, tortura, delitos contra la libertad, delitos contra la integridad sexual, despojo y abandono de bienes, minas antipersona, vinculación de niños, niñas y adolescentes a actividades con grupos armados.

Que, desde el mes de diciembre del año 2019, la población mundial, conoció de la existencia de un nuevo virus denominado coronavirus (COVID-19).

Que el 7 de enero de 2020, la organización Mundial de la Salud, declaró al coronavirus (COVID – 19) como un brote de emergencia de salud pública de importancia internacional.

Que el 9 de enero de 2020, la organización Mundial de la Salud recomendó con relación al coronavirus (COVID- 19) que los países debían adoptar sus correspondientes medidas e invocó la adopción prematura de mediadas con un objetivo común a todos los países de detener la transmisión y prevenir la propagación del virus.

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) en alocución de apertura del Director General en la rueda de prensa sobre la COVlD-19 celebrada el 11 de marzo de 2020 declaró que la infección causada por el nuevo Coronavirus SARS-Cov-2 (COVlD-19) puede considerarse una pandemia y animó a todos los países a tomar las medidas apropiadas para prepararse para ello.

Que por medio del Decreto 081 del 11 de marzo de 2020, la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., adoptó medidas sanitarias y acciones transitorias de policía para la preservación de la vida y mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19).

Que en virtud de la Resolución No. 385 del 12 de Marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social, Declaró la Emergencia Sanitaria por causa del Coronavirus COVID2019 y se adoptaron medias para afrontar el virus.

Que por medio del Decreto 087 del 16 de marzo de 2020, la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., declaró la Calamidad Pública en Bogotá D.C.

Que mediante Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 el Presidente de la República declaró el Estado de Emergencia Económica, Social, y Ecológica en todo el territorio nacional, con el fin de tomar las medidas pertinentes a efectos de contener el virus del COVID 19.

Que mediante Decreto 457 del 22 de marzo de 202, el Gobierno Nacional, impartió instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria, estableciendo en todo el territorio nacional el asilamiento preventivo obligatorio, desde el 25 de marzo hasta el 13 de abril de 2020.

Que con el Decreto 092 del 24 de marzo de 2020, la Alcaldía Mayor de Bogotá imparte las órdenes e instrucciones necesarias para la debida ejecución de la medida de aislamiento obligatorio ordenada mediante el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020.

Que el día 6 de abril de 2020, el Presidente de la Republica en alocución por televisión y ante diferentes medios de comunicación, indicó que la medida de asilamiento obligatorio se extendería hasta las 23:59 horas del día 26 de abril de 2020.

Que teniendo en cuenta las actuales circunstancias de salud pública, aislamiento obligatorio y emergencia sanitaria, la Alcaldía Local de Fontibón considera que existe una imposibilidad real para adelantar la conmemoración de manera presencial del día nacional de la memoria y solidaridad con las víctimas del conflicto armado.

Que a pesar de existir la posibilidad de realizar dicho evento conmemorativo utilizando los canales virtuales y tecnológicos existentes; la realización de las actividades descritas en dicha forma, desnaturalizarían el objetivo del Acuerdo Local y no lograría su finalidad, la cual es justamente la interacción de la población víctima del conflicto armado con el resto de la población de la localidad.

Que en merito de lo expuesto, el Alcalde Local de Fontibón (E)

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: APLAZAR la realización de las actividades tendientes a la conmemoración del día local de la memoria y solidaridad de las víctimas del conflicto armado en la localidad de Fontibón a realizarse el día 9 de abril

ARTÍCULO SEGUNDO: El aplazamiento citado en el artículo anterior, será de manera indefinida y hasta que se generen las condiciones optimas para realizar las actividades del evento de conmemoración del día local de la memoria y solidaridad de las víctimas del conflicto armado en la localidad de Fontibón, de acuerdo con los fines y objetivos trazados en el Acuerdo Local 22 de 2018.

ARTICULO TERCERO: Convóquese al comité de organización y participación de que habla el artículo cuarto del acuerdo 22 de 2018, para el día 10 de junio del año 2020, a las 8:00 a.m., en las instalaciones de la Alcaldía local de Fontibón, con el fin adoptar medidas para la conmemoración del día local de la memoria y solidaridad de las víctimas del conflicto armado en la localidad de Fontibón.

ARTICULO CUARTO: El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

ARTICULO QUINTO: Contra la presente no procede recurso alguno.

CÚMPLASE

RAFAEL SOLER AYALA
Alcalde Local de Fontibón (E)

Archivos adjuntos: 
Nombre Descripción Tamaño
resolucion_aplazamiento_dia_de_las_victimas.pdf 205.65 KB